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Sergio Antonio Corona Páez (Torreón, Coah., 1950) es
coordinador del Archivo Histórico Juan Agustín de Espinoza, sj, de la uia
Torreón y ha sido asiduo colaborador de Acequias.
Aprovechamos esta entrega de nuestra revista para felicitarlo por la
obtención de su grado de doctor en Historia; este logro académico lo
obtuvo con un trabajo de titulación denominado "La vitivinicultura
en el pueblo de Santa María de las Parras. Producción de vinos,
vinagres y aguardientes bajo el paradigma andaluz. Siglos XVII
y XVIII".
La poderosa tesis defendida por el doctor Corona Páez ante la Dirección
de Historia de la Universidad Iberoamericana ciudad de México (antes
Santa Fe) aporta —entre muchas otras novedades— evidencia documental
irrefutable de que, contra lo que ordinariamente se cree, el cultivo de
viñedos y la producción de vinos y aguardientes comerciales en la
Nueva Vizcaya fueron estimulados y privilegiados por la Corona en
diversas ocasiones y lugares de dicha región hasta el fin de la época
virreinal.
La importancia de este hallazgo deja obsoletas las afirmaciones de
historiadores de la talla de Francois Chevalier y de muchos otros académicos
que sostienen la teoría de que la Corona española buscó impedir a
toda costa el establecimiento y la explotación de viñedos americanos
para proteger los intereses de los productores y comerciantes
peninsulares. La realidad histórica, mostrada de manera científica por
el doctor Corona Páez, es que lugares como Santa María de las Parras,
el Real Presidio de Paso del Norte (El Paso, Texas y Ciudad Juárez,
Chih.) y Mazapil gozaban de privilegios fiscales para su nada
despreciable producción vitivinícola. Sólo la producción de vinos y
aguardientes de Parras podía ser equivalente a un tercio del volumen
del aguardiente que traía la flota española hacia el último tercio
del siglo XVIII.
He
aquí su comentario sobre los orígenes y las aportaciones de “La vitivinicultura en el pueblo de Santa María de las Parras”.
La historia de mis estudios
doctorales se remonta a las preguntas que mi tesis de maestría dejó
sin responder. Dicha investigación se centraba en la producción
agropecuaria, el consumo y la cultura material de la hacienda de San
Juan Bautista de los González, actualmente conocida simplemente como
“Los González” en Saltillo. Hacia 1640, su dueño y fundador, Juan
González de Paredes, la había concebido como una hacienda vitivinícola,
y en consecuencia, la dotó de unas ocho hectáreas de cepas protegidas
por paredes en todo su circuito, bodega, lagar de madera con husillo,
cazo arropero, barriles y lo necesario para la producción del vino. Fue
duro para Juan González darse cuenta que el clima de la Villa del
Saltillo impidió —por las muchas heladas— que su sueño prosperase.
Muy a su pesar, tuvo que convertir la finca de San Juan Bautista en una
hacienda triguera.
Llamaba la atención el hecho de
que el manchego Juan González efectivamente produjo algún vino y que
hubiese sido vecino de Santa María de las Parras en los seiscientos
treinta. También llamaba la atención que en su testamento e
inventarios postmortem son mencionadas con lujo de detalle todas las
propiedades y objetos que le pertenecieron, incluso la merced de
encomienda de los indios jumanes que le fue conferida por el gobernador
del Reino de la Nueva Vizcaya. Pero nunca, en todo el texto, se hace la
menor alusión implícita o explícita a la existencia de alguna
licencia o merced para plantar viñas. Juan González murió en 1663 sin
haber desmantelado su viñedo y sin haber tenido el menor problema con
las autoridades a causa de aquél. |
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En gran medida, estas observaciones marcaron la pauta para profundizar
en los problemas de conocimiento que implicaban. ¿Juan González había
aprendido sobre vitivinicultura en Parras? Dados el monto y forma de la
inversión de capital en su hacienda, ¿pensaba que iba a ser más
redituable el viñedo que los cereales? ¿Por qué la descripción de
los implementos de bodega de Juan González sonaba tan semejante a las
de las bodegas andaluzas? Y sobre todo, ¿por qué no había de por
medio una licencia para establecer su viñedo?
Con enorme curiosidad y con estas preguntas en mente, decidí que mi
investigación doctoral debería explicarlas de manera satisfactoria. De
ahí que el lugar a estudiar sería Parras, y el fenómeno social, la
producción vitivinícola. La época tenía que coincidir con la de Juan
González, aunque posteriormente, si había necesidad, se ampliase.
Pronto me di cuenta que no había
mucha investigación sobre la producción de bebidas etílicas de
Parras. Al parecer, sólo se contaba con el multirrepetido testimonio de
unos cuantos viajeros del siglo XVII
y XVIII,
particularmente eclesiásticos. Había que ir a las fuentes primarias,
puesto que como decía Henri Marrou, “la Historia se hace con
documentos, y sin documentos no hay Historia”. Afortunadamente, los
archivos no sacramentales del Colegio de San Ignacio de Loyola de Parras
habían sido catalogados no mucho antes gracias al empeño del padre
jesuita Agustín Churruca Peláez. Estos acervos tienen un carácter
supletorio para el tema de la investigación, ya que el archivo
tlaxcalteca del pueblo de Santa María de las Parras habría sido el idóneo.
Por desgracia, manos que se autodenominaron “revolucionarias” lo
quemaron junto con el civil durante la segunda década del siglo XX.
Una cuidadosa lectura de una parte significativa de los expedientes
permitió determinar la factibilidad de realizar el estudio doctoral.
Entre aquellos correspondientes a las corporaciones religiosas se
encuentran muchos registros extremadamente detallados que daban cuenta
diaria, mensual y anual de los gastos de cultivo de sus viñedos, así
como de los volúmenes y tipo de producción vinícola y el monto de los
ingresos que generaron. Nunca faltaban sus inventarios de bodega. Los
naturales (tlaxcaltecas) y los vecinos de Parras
—tanto civiles como
eclesiásticos— generaron una gran cantidad de documentos análogos a
los ya mencionados. Se trataba de documentos de carácter legal:
testamentos, inventarios, libros de caja, cargo y data que daban cuenta
detallada de la posesión de bienes muebles e inmuebles, de producción
y de consumo, monto de las inversiones anuales en los viñedos y
beneficio por la venta de los productos vitícolas o vitivinícolas. Es
tal su riqueza, que por su lectura uno puede representarse incluso los
modelos tanto del gusto como del método que seguían al fabricar sus
productos, y, por supuesto, mucho de su tecnología y cultura.
Otros archivos como el General de la Nación, el Municipal de Saltillo y
el del Centro Cultural Vito Alessio Robles de ahí mismo, ofrecieron su
propia cuota de testimonios documentales directamente relacionados con
el tema. Desde luego, los criterios metodológicos deberían tomar en
cuenta que éste sería un estudio inaugural, y que los vinos y
aguardientes son históricos en la medida en que han evolucionado tanto
como el gusto, la percepción y la valoración que de ellos se ha tenido
socialmente. Estas primeras lecturas permitieron plantear y finalmente
probar las hipótesis del trabajo que los sinodales ya de sobra conocían,
por lo cual me limito a enunciar aquí una conclusión amplia y general.
Conclusión
En el curso de recopilación documental para elaborar mi tesis doctoral,
de ya próxima publicación, encontré evidencia irrefutable de que el
cultivo de los viñedos y la producción vitivinícola comercial en la
Nueva Vizcaya no solamente no estaban prohibidos, sino al contrario,
fueron estimulados y privilegiados por la Corona en diversas ocasiones y
lugares de dicha región.
Los vecinos no tlaxcaltecas de Parras —en atención a sus méritos y
servicios— fueron exentados del pago del nuevo impuesto decretado en
1729 y de las alcabalas de sus vinos y aguardientes, mientras que sus
similares españoles deberían pagarlos por su introducción y consumo a
la Nueva España. Años más tarde este privilegio les fue confirmado a
los cosecheros parrenses por el virrey Joaquín de Montserrat. En la
primera mitad del siglo XVIII,
el virrey Vizarrón refrendó a la comunidad de naturales tlaxcaltecas
de Parras sus viejos privilegios de 1591, a la vez que los exentaba del
pago del nuevo impuesto decretado en 1729 y de las alcabalas de su
producción vitivinícola. Estas prerrogativas les fueron confirmadas
nuevamente por la Real Audiencia en la segunda mitad del siglo XVIII.
Por lo que se refiere a los
vecinos cosecheros del Real Presidio de Paso del Norte, entonces parte
de la Nueva Vizcaya, el virrey conde de Revillagigedo les concedió los
mismos privilegios que a los parrenses para la explotación comercial de
sus viñedos, privilegios que les fueron refrendados por el virrey de
Montserrat. No fueron estos los únicos lugares privilegiados, como lo
demuestra el caso de Mazapil, ni tampoco los únicos lugares de la Nueva
Vizcaya con una tradición ininterrumpida de producción vitivinícola,
como es el caso de la villa del Saltillo.
Con el tiempo y con las reformas fiscales Carolinas, los vecinos
cosecheros de Parras conservaron su privilegio de nunca pagar nuevo
impuesto ni equivalentes, salvo un porcentaje mínimo de la alcabala o
impuesto al comercio, mientras que otros productores ajenos a la Nueva
Vizcaya fueron gravados con el nuevo impuesto y alcabalas mayores. Los
tlaxcaltecas de Parras jamás pagaron nuevo impuesto ni alcabalas de sus
vinos y aguardientes.
Todo esto sugiere que la
aplicación de las Leyes de Indias en torno al establecimiento y
explotación de viñedos fue discrecional, de acuerdo a los intereses de
la Corona en los diversos virreinatos del Imperio Español. |